Para fortalecer el marco teórico de nuestro proyecto “Aprendiendo a Nuestra Manera”, se incorpora la estructura jerárquica de la pirámide de Kelsen, que clasifica las normas legales en niveles de autoridad. En la base, encontramos las normas individuales o reglamentos internos, como el manual de convivencia del Colegio Sorrento, que responde y se adapta a las realidades específicas de sus estudiantes y contexto. En el siguiente nivel están las leyes nacionales, como la Ley 115 de 1994 y la Ley 1618 de 2013, que establecen pautas para la inclusión educativa a nivel nacional. En el nivel más alto se ubica la Constitución Política de Colombia, que garantiza el derecho fundamental a la educación inclusiva y equitativa, brindando el respaldo legal más fuerte y directo para este proyecto. La pirámide de Kelsen nos permite comprender cómo cada norma contribuye a un sistema legal completo que respalda nuestro enfoque de diversidad de aprendizajes en el grado 602, vinculando los derechos y responsabilidades de todos los actores educativos.
Imagen 1. Piramide del Kelsen del proyecto “Aprendiendo a nuestra manera”
Constitución Política de Colombia
Artículo 13 (Derecho a la Igualdad y No Discriminación)
Este artículo establece el derecho a la igualdad, garantizando que todos los estudiantes tengan acceso a una educación que respete sus características individuales.
Avances: El colegio sorrento propone en los ajustes razonables el programa PIAR (Plan Institucional de ajustes razonables), lo que garantiza una educación que respeta sus diferencias individuales
Rupturas:Hemos identificado que al Colegio Sorrento le falta promover aún más el derecho a la igualdad y a la no discriminación, ya que los mecanismos que proponen el manual de convivencia no son suficientes.
Artículo 67 (Educación como Derecho Fundamental)
Define la educación como un derecho fundamental, enfatizando la responsabilidad del Estado en garantizar su calidad y accesibilidad.
Avances: En nuestro proyecto hemos incorporado materiales visuales, auditivos y kinestésicos para atender los diferentes estilos de aprendizajes de los estudiantes de 602.
Rupturas: Sin embargo, la limitación de recursos, como la falta de materiales adaptativos para los estudiantes y el fortalecimiento de sus capacidades, así como la falta de capacitación docente frente a la diversidad de aprendizajes, limita la implementación de este artículo.
Artículo 68 (Derecho de los Padres y Proyectos Educativos Propios)
Destaca el derecho de los padres a elegir la educación que mejor se adapta a sus hijos, permitiendo el desarrollo de proyectos educativos que respeten la diversidad.
Avances:Uno de los deberes establecidos en el manual de convivencia es participar en el diseño, ejecución y evaluación del PEI (Proyecto Educativo Institucional), así como en la elaboración del PIAR (Plan de Ajustes Razonables) o PPT (Plan de potenciación del talento)
Rupturas: La falta de motivación, participación, y conocimiento de los padres de familia frente a lo que propone el manual de convivencia como sus deberes. Según Ascuntar, H. “la participación de los padres de familia funciona como un mecanismo a conveniencia, lo que no permite una socialización política efectiva” Esta situación, impacta directamente en los problemas convivenciales de la institución
Leyes Complementarias
Ley 115 de 1994, Ley General de Educación, artículo 5 y 73. (1994).
Artículo 5: Establece que la educación debe respetar las diferencias individuales de los estudiantes, incluyendo sus estilos de aprendizaje
Avances:En el Plan de Potenciación del Talento (PPT) del colegio Sorrento, se establece que los padres pueden solicitar una evaluación si consideran que es necesaria la implementación de la misma.
Rupturas:No se tiene el conocimiento necesario de este plan, por lo tanto no es requerido con frecuencia.
Artículo 73: Se refiere a la atención educativa para poblaciones con necesidades especiales, subrayando la importancia de adaptar el currículo.
Avances: El colegio Sorrento cuenta con programas como el PIAR (Plan de ajustes razonables) .
Rupturas: La falta de formación y recursos adecuados puede dificultar su implementación efectiva en las aulas.
Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia, artículo 28. (2006).
Artículo 28: Garantiza que todos los niños y adolescentes tienen derecho a recibir una educación de calidad que se adapte a sus características.
Avances: Según el manual de convivencia del Colegio Sorrento, plantea varios planes de evaluación y proyectos, tales como el PEI, PIAR y PPT, que ayudan a adaptar la educación a las características del estudiante.
Rupturas: Estos programas no son efectivos regularmente, ya que muchas veces se desconocen las rutas adecuadas para adaptar la educación a las características del estudiante.
Ley 1618 de 2013, Ley Estatutaria para la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, artículo 11. (2013).
Artículo 11: Promueve la inclusión y equidad educativa para personas con discapacidad, asegurando que la educación respete las diferencias individuales.
Avances: En el colegio Sorrento existen rutas para poder promover el respeto a las diferencias individuales.
Rupturas:A pesar de contar con normativas en el manual de convivencia, es necesario implementar programas específicos contra el acoso escolar dirigidos a estudiantes con diversidad de aprendizaje.
Decretos
1996.Reglamenta la atención educativa para las personas con limitaciones, capacidades o talentos excepcionales (2082).
Regula la educación para personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, destacando la necesidad de adaptar el currículo.
Avances:El colegio Sorrento tiene adaptación curricular para las discapacidades cognitivas.
Rupturas: Sin embargo, el colegio no tiene la adaptación adecuada para personas con limitaciones físicas, y sensoriales.
2017.Atención educativa a la población con discapacidad (1421).
Normativa que regula la educación inclusiva para estudiantes con discapacidad, enfatizando la personalización de los métodos de enseñanza.
Avances: Refuerza la necesidad de una educación inclusiva y personaliza el aprendizaje. Como lo propone el PIAR.
Rupturas:La falta de capacitación y conocimiento de las normativas institucionales.
Manual de convivencia
Manual de convivencia del colegio Sorrento, 2020, sección II, Cap II, art. 9
Para los estudiantes que así lo requieran al inicio de cada periodo se debe construir el Plan Individual de Ajustes Razonables, (PIAR).Este instrumento es la herramienta que facilita la definición de las condiciones individuales que debe contener el proceso de enseñanza aprendizaje de los estudiantes con discapacidad y/o talentos excepcionales y define los compromisos que tiene el docente, el estudiante y su familia para proporcionar las condiciones especiales que requieren los estilos y ritmos de aprendizaje específicos en cada caso. El proceso de seguimiento pedagógico en estos casos se hace a través del portafolio, herramienta pedagógica a través de la cual se evidencia el proceso de inclusión educativa, se recolecta de manera sistemática la información sobre los estudiantes y se hace seguimiento a los logros y dificultades que puedan presentarse en el proceso de evaluación.
Avances: Es una herramienta útil para mejorar el proceso académico de los estudiantes
Rupturas:Sin embargo, no se utiliza a menos de ser requerido por los padres de familia
Conclusión
En conclusión, el proyecto “Aprendiendo a Nuestra Manera” se articula con una sólida base legal que refuerza la diversidad de aprendizajes en el contexto educativo del Colegio Sorrento. La aplicación de la pirámide de Kelsen nos permite visualizar cómo cada nivel normativo, desde la Constitución hasta el manual de convivencia, contribuye a un marco que respalda y promueve la inclusión, equidad y adaptación educativa. A pesar de los avances, como la implementación de programas PIAR y PPT y la adaptación curricular para discapacidades cognitivas, persisten retos significativos, como la necesidad de mayor capacitación docente, recursos adecuados, y un compromiso más activo por parte de los padres y la comunidad educativa. Este análisis evidencia tanto los logros como las áreas de oportunidad, destacando la importancia de fortalecer la implementación de estas normativas para construir una educación más inclusiva y equitativa que responda a las necesidades individuales de todos los estudiantes.
Referencias
Ascuntar, H. Democracia en la educación latinoamericana: El aporte del ejercicio democrático de los padres de familia en la socialización política del colegio Sorrento IED, Bogotá, DC, Colombia (Doctoral dissertation, Universidad Nacional de Colombia).
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